La justicia da la razón a Glovo: no tendrá que pagar casi 300 millones a Just Eat

El modelo laboral empleado por Glovo hasta ahora le ha dado muchos quebraderos de cabeza, pero en esta ocasión puede celebrar una importante victoria.

El pasado mes de noviembre, la plataforma de comida a domicilio Just Eat presentó una demanda contra Glovo, acusándola de competencia desleal.

En la misma, reclamaba el pago de una indemnización de 295 millones de euros en concepto de daños y perjuicios, al considerar que el modelo de falsos autónomos utilizado por Glovo le ha permitido ahorrarse más de 645 millones de euros en la contratación de repartidores.

Por el contrario, Just Eat cuenta con 2.500 trabajadores en plantilla, lo que resulta mucho más costoso y resta flexibilidad a su negocio, por lo que considera que el modelo empleado por su competidora le ha permitido adquirir una “ventaja competitiva significativa”, como recogía RTVE.

La justicia exime a Glovo

Éste es sólo uno de los frentes judiciales en los que se ha visto inmersa Glovo en los últimos años, que ha ido sufriendo continuos varapalos en su paso por los juzgados. El último, hace apenas unas semanas, cuando la empresa fue condenada por el juzgado de lo Social número 11 de Barcelona, por la situación de 3.572 falsos autónomos, como informaba El País.

Sin embargo, los tribunales por fin le han dado una buena noticia para sus intereses, ya que el juzgado Mercantil 2 de Barcelona ha desestimado la demanda interpuesta por Just Eat, tal y como informa la web del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en su web.

“La sentencia desestima la pretensión de Just Eat por entender que Glovo actuó siempre dentro de la legalidad y que los contratos utilizados por esta plataforma desde el año 2019 garantizaban la autonomía de los repartidores respetando la conocida como Ley Rider que, también, permite la prestación de estos servicios en régimen autónomo”, detalla el CGPJ.

Según explica, “la sentencia considera que el servicio de reparto de comida a domicilio mediante plataformas digitales es un negocio innovador, tecnológicamente avanzado y que el marco laboral de su regulación resulta controvertido y obsoleto”.

Además, el juez ha tenido en cuenta que Just Eat y Glovo presentan modelos de negocio diferentes. “Mientras que el 80% del negocio de Just Eat es el marketplace y sólo el 20% entrega a domicilio, en Glovo sucede justamente lo contrario, por lo que la laboralización de los riders no es la única diferencia”.

Asimismo, indica que “los consumidores que prefieren Glovo destacan las funcionalidades de la app, mientras que los de Just Eat y Uber Eats destacan el precio y las promociones”.

Por otro lado, hace hincapié en que el cambio de modelo que está llevando a cabo Glovo desde principios de enero de 2025, empezando a contratar repartidores, “no ha conllevado ninguna alteración de las cuotas de mercado”.

Al hilo de esto último, hay que recordar que Glovo acaba de concretar el proceso de ‘laboralización’ de sus riders, tal y como contamos en EMPRENDEDORES.

La plataforma anunció el pasado mes que sus repartidores pasarían a formar parte de su plantilla a partir del 1 de julio. Glovo realizó su oferta de contrato basándose en las horas trabajadas de media por estos repartidores y en el cálculo que hizo la Inspección de Trabajo de la Seguridad Social el pasado verano.

Sin embargo, dichas estimaciones normalmente se traducen en contratos de pocas horas, puesto que sólo se tienen en cuenta los tramos de reparto efectivo, según indicaban los sindicatos.

De este modo, Glovo dio la opción de ampliar el contrato hasta las 30 horas más 7 complementarias. En cualquier caso, Glovo tenía previsto ajustar esta carga de trabajo en función de los empleados que aceptasen su propuesta.

En el caso de los riders que no rechazasen expresamente la oferta, estaba previsto que también fueran contratados, rescindiéndose la relación laboral en caso de no acudir al puesto de trabajo.